Las grandes empresas de servicios al público deberán ofrecer un canal de comunicación electrónica a sus clientes antes de un año

25. Enero 2008 | Por R.Soriano | Categoria: General

Tras la entrada en vigor el pasado 30 de diciembre de la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, las grandes empresas que presten servicios al público considerados como de especial trascendencia económica (electricidad, agua y gas, telecomunicaciones, entre otros) cuentan con un plazo de un año para facilitar a sus usuarios un medio de interlocución telemática para la realización de diversas gestiones.


Esta nueva obligación tiene como finalidad asegurar que los ciudadanos cuenten con un canal de comunicación electrónica con las empresas cuyos servicios tienen una mayor trascendencia en el desarrollo cotidiano de sus vidas. Además, esta obligación viene a complementar la garantía del derecho de una comunicación electrónica de los ciudadanos con las Administraciones Públicas, establecida en la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en ejecución de uno de los mandatos normativos contenidos en el Plan Avanza.

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